Lo que no explican otros sindicatos sobre las demandas individuales contra la supresión de la paga extra de 2012
Conocemos la primera sentencia de un tribunal superior de justicia, sala de lo contencioso-administrativo (el de Galicia en este caso), que reconoce a un funcionario de nuestro ámbito concreto (INSS), el derecho a que se le abonen la paga extra ya devengada tras la entrada en vigor del RD 20/2012, que suprimió íntegramente la paga extra de navidad.
Se le reconoce el derecho al abono del periodo comprendido entre el 1 de junio y el 14 de julio (mes y medio aproximadamente), por un importe concreto de 570,08 euros y los intereses correspondientes.
Se le reconoce el derecho al abono del periodo comprendido entre el 1 de junio y el 14 de julio (mes y medio aproximadamente), por un importe concreto de 570,08 euros y los intereses correspondientes.
Un gran logro......conseguido por un funcionario individualmente, al que luchar por un simple derecho económico le habrá supuesto "un ojo de la cara" pues ha tenido que pagar un abogado y un procurador..... Daños colaterales y mortales de las modificaciones legislativas introducidas para silenciarnos permanentemente. Y además, aunque hubiera podido resarcirse de esos gastos imprescindibles y necesarios para presentar demanda, la sentencia no condena a costas a la administración (curiosa ¿verdad?, la complacencia con la administración y la forma implacable en que compañeros han sido condenados a costas). Estos son nuestros derechos: te deniegan....demandas y aun ganando sales "palmando" (si pierdes te crucifican). Pues esa sentencia, muy fundamentada, no encuentra ni un resquicio legal para la supresión de la extra devengada, y sin embargo alega para no imponerlas que existen dudas de derecho (???????)
¿Y qué consecuencias tiene esa sentencia? ........pues otra vez impotencia general,ya que afecta exclusivamente a un funcionario y por tanto se podrá pedir extensión de sentencia, siempre y cuando se sea un funcionario del INSS que preste servicios en Galicia (aunque el tribunal pudiera considerar que están en idéntica situación jurídica funcionarios de otros organismos....pero lo tendría que admitir). ¿Y cómo se puede pedir actualmente la extensión de sentencia?..... Muy sencillo y " barato" con abogado y procurador. La torta nos costará un pan.
Interponer demandas individuales, como comentan en algún correo, es la estrategia planteado por ciertos sindicatos. Interponer demandas individuales para después pedir extensiones de sentencia....que irremediablemente acarreará gastos para los interesados. Por ello CGT, decidió plantear otra batalla que no generará gastos individuales, fue recurrir la norma por la que se aplicaba el real decreto (que no se podía recurrir), concretamente la instrucción conjunta de la secretaría de estado de administraciones públicas y de la secretaría de estado de presupuestos y gastos de fecha 15 de octubre. En esa demanda se han planteado varias cuestiones entre ella la supresión total de la extra y la parte devengada. El tema está en manos de la audiencia nacional y si nos dieran la razón afectaría a todo el personal.
Y por más que algunos intenten presumir constantemente de plantear cuestiones de inconstitucionalidad, la primera elevada al constitucional se produce por el TSJ castilla-león, por conflicto colectivo promovido por CGT.
Comentarios
Publicar un comentario