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Ferrovial Servicios S.A. no recurre la sentencia que anula la reducción de jornada a 452 empleadas

CGT ha recibido notificación del auto por el que se tiene no interpuesto el recurso de casación al no consignarse, por parte de Ferrovial, la cantidad económica para ello A principios de mes se conoció la decisión de la Audiencia Nacional de anulación de la medida empresarial que llevó a cabo Ferrovial Servicios S.A. y que consistió en la reducción de jornada de la plantilla desde el 1 de abril de 2017 hasta el 31 de marzo de 2019. La Sala condenaba expresamente a Ferrovial Servicios S.A. a la restitución en el disfrute de la jornada completa de la plantilla afectada por esta medida. Del mismo modo, la empresa deberá abonar a estas personas trabajadoras las cuantías dejadas de percibir al aplicarse dicha medida impugnada. CGT había solicitado la nulidad y/o ilegalidad del ERTE de reducción de jornada, entendiendo que fue promovido por la empresa como respuesta a la convocatoria de huelga. La empresa anunciaba en medios de comunicación que recurriría la decisión de la Audie...