CGT ha recibido notificación del auto por el que se tiene no interpuesto el recurso de casación al no consignarse, por parte de Ferrovial, la cantidad económica para ello A principios de mes se conoció la decisión de la Audiencia Nacional de anulación de la medida empresarial que llevó a cabo Ferrovial Servicios S.A. y que consistió en la reducción de jornada de la plantilla desde el 1 de abril de 2017 hasta el 31 de marzo de 2019. La Sala condenaba expresamente a Ferrovial Servicios S.A. a la restitución en el disfrute de la jornada completa de la plantilla afectada por esta medida. Del mismo modo, la empresa deberá abonar a estas personas trabajadoras las cuantías dejadas de percibir al aplicarse dicha medida impugnada. CGT había solicitado la nulidad y/o ilegalidad del ERTE de reducción de jornada, entendiendo que fue promovido por la empresa como respuesta a la convocatoria de huelga. La empresa anunciaba en medios de comunicación que recurriría la decisión de la Audie...
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