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ESPAÑA: CO.BAS, LA LUCHA POR LA IGUALDAD REAL ES TAREA DE TODOS/AS



La lucha de muchas personas y colectivos de LGBT (lesbianas, gais, transexuales y bisexuales) ha propiciado en la última década cambios legislativos en materia de igualdad y defensa de los derechos de las personas LGBT.
El matrimonio igualitario y la adopción por parte de parejas del mismo sexo (Ley 13/2005 de 1 de julio) o la modificación de nombre y sexo en los documentos oficiales para las personas transexuales (Ley 3/2007 de 15 de marzo) son dos ejemplos de estos cambios legislativos.

Formalmente, la discriminación motivada por la orientación sexual o la identidad de género es contraria a la ley en el Estado español. Así lo indican el Estatuto de los Trabajadores en su Artículo 4.2, la ley 62/2003 de 30 de diciembre en su sección 3 sobre igualdad de trato y no discriminación en el trabajo.

Sin embargo la discriminación laboral hacia las personas LGBT continúa siendo un problema empeorado por la crisis. Muchos de los derechos civiles y sanitarios conquistados están en peligro. Así, la entrada en vigor de la reciente Orden SSI/2065/2014 de 30 de noviembre excluye a las mujeres solteras y parejas de mujeres de la cobertura pública de tratamientos de reproducción asistida. Además, estamos asistiendo a una preocupante escalada de agresiones homófobas y transfóbicas.


Cuadro de texto: La discriminación laboral hacia las personas LGBT continúa siendo un problema empeorado por la crisis.
Las actitudes y comportamientos discriminatorios están presentes en la mayor parte de las empresas, tanto los que tienen intención directa de discriminar a las personas LGBT como aquellos comentarios o comportamientos que están tan normalizados que ni siquiera se perciben como discriminatorios. Y de ahí surgen situaciones de hostigamiento, de acoso, que tienen origen en la visibilidad de una afectividad, de una sexualidad que no forma parte de la norma, de la heterosexualidad mayoritaria.

En el ámbito laboral, ahí están los datos del Eurobarómetro de 2012, un 44% de los ciudadanos españoles perciben una amplia discriminación basada en la orientación sexual en el trabajo. Otra investigación reciente (DiMarco et al 2012) mostró que la mayoría de lesbianas y gais han debido ocultar su orientación sexual en algún momento en sus carreras profesionales. Una pequeña parte lo debe ocultar de manera permanente por temor a los efectos negativos en caso de conocerse por parte de empleadores/as y compañeros/as. Los sectores tradicionalmente más masculinizados o en los que se trabaja con personas mayores son aquellos en que los niveles de ocultación de la orientación son más elevados.

En el último estudio mencionado, la ocultación de una parte tan importante de la identidad personal conllevó las siguientes consecuencias negativas para que trabajadores y trabajadoras:

·                Evitar participar en actividades sociales con compañeros/as
·                Peores niveles de motivación y bienestar percibido en el trabajo
·                Sentimientos de tristeza y depresión.

Por ejemplo, una persona LGBT que desee beneficiarse de permiso por matrimonio o registro de pareja de hecho, permisos enfermedad o visita médica del cónyuge o hijos o familiares de ese matrimonio o pareja de hecho, ayudas sociales reconocidas en convenios para cónyuge o hijos/as o familiares de ese matrimonio o pareja de hecho, permisos relacionados con la maternidad o paternidad, ha de hacerse visible y asumir las consecuencias que ello puede tener. Si ello puede constituir un problema con compañeros y compañeras, con sus jefes, etc. una alternativa será renunciar a dichos beneficios por garantizar la estabilidad en el trabajo, asimilándose a la “normalidad”, entendida en este sentido como “heterosexualidad”.

Por tanto, tras la igualdad formal es preciso luchar por conquistar la igualdad real. Nadie debería tener la obligación de ocultar su afectividad o sexualidad, su modelo de convivencia, su pareja.
Cuadro de texto: la unidad de los trabajadores/as no será posible si una parte de la clase obrera participa de la opresión a otra parte de la misma.  
Ningún trabajador/a será libre si participa, por activa o por pasiva, de la opresión a otros trabajadores/as. La necesaria e imperiosa necesidad de la unidad de los trabajadores/as para luchar por nuestros derechos o defender los conquistados, no será posible si una parte de la clase obrera participa de la opresión a otra parte de la misma.
Se hace necesario que en nuestra actividad diaria en las empresas y centros de trabajo sepamos señalar este problema crucial y estimulemos el respeto hacia la diversidad por motivo de orientación o identidad sexual entre compañeros/as.  Se hace obligado que los delegados/as y activistas de co.bas en sus empresas sean ejemplares en su conducta, en su combate, contra toda discriminación, tanto de palabra como de hecho. Que cualquier trabajador/a LGTB vea en nosotras/os un apoyo, tanto en la convivencia cotidiana como a la hora de expresar las reivindicaciones por una igualdad real en todo acuerdo o convenio.
  Las organizaciones sindicales comprometidas con la igualdad y la defensa de los derechos de trabajadoras y trabajadores, tenemos un papel fundamental en garantizar un trato igualitario.
Desde nuestro sindicato a nivel general estamos trabajando, y seguiremos haciéndolo, por entablar relaciones de colaboración con todas las asociaciones y entidades de LGTB, con el fin de propiciar una acción de lucha común.   

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