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Nuevo informe de la ONU sobre España

España no ha actuado con la debida urgencia y celeridad en materia de desapariciones forzadas ni ha asumido un rol de liderazgo –según se expresa en el texto del informe- para asegurar una política de Estado en este tema.
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Desde el año 2002 está el llamado Grupo de Trabajo sobre desapariciones forzadas en contacto con el Gobierno de España para ir poniendo en funcionamiento las medidas necesarias que garanticen los derechos de las familias afectadas; el de su búsqueda, localización, e identificación. Esta música ya nos suena de otras veces, sobre todo tras la batería de recomendaciones que en año 2014 fueron presentadas por Pablo de Greiff con vistas a garantizar todos estos derechos de corte internacional en relación con las víctimas del franquismo y la impunidad que sobre ellas se sigue manteniendo.

El pasado 7 de septiembre, los expertos de este Grupo han vuelto a hacer público otro informe sobre el cumplimiento de estas recomendaciones que, por lo que en él se indica del escaso avance en las disposiciones propuestas por el organismo internacional, piden al Gobierno de Rajoy que articule en 90 días un cronograma con las que aún quedan pendientes, que son la mayoría. Hasta esa fecha, el Estado español no ha actuado con la debida urgencia y celeridad en materia de desapariciones forzadas ni ha asumido un rol de liderazgo –según se expresa en el texto del informe- para asegurar una política de Estado en este tema y que ya se señalaba en 2016. Desde que el PP llegó al Gobierno en 2011, los presupuestos generales del Estado no han destinado ni un sólo euro a cuestiones relacionadas con identificación y exhumaciones de fosas ilegales ni a ningún otro asunto relacionado con la Memoria de nuestro país, pese a que hay obligaciones recogidas en la ley 52/2007, cuya existencia recuerda los diferentes informes de la ONU, pero que descaradamente se obvian.

En el nuevo informe, de más de doscientas páginas, se valora positivamente la aprobación por parte del Congreso de los diputados, en su sesión plenaria del día 11 de mayo de 2017, de la PNL, sobre la efectiva aplicación y desarrollo de la Ley de Memoria, que recoge parte de las recomendaciones del Grupo de Trabajo, según ellos. En este sentido, insisten y esperan que el Gobierno proporcione apoyo institucional y financiero a los familiares y asociaciones de familiares en particular para la implementación efectiva de los artículos 11, 12, 13 y 14 de la mencionada ley, referidos a la localización e identificación de personas, tarea e iniciativa que no ha de depender exclusivamente de los familiares, sino que debe ser asumida como una obligación de Estado y que ha de abarcar la totalidad del territorio nacional, lo que sería justo y deseable.

A pesar de ello, los autores se lamentan de la respuesta del Gobierno en cuanto a la creación de una Comisión de la Verdad como vía de una investigación histórica; se reafirman en que es de derecho el conocer los progresos y resultados de una investigación, la suerte y el paradero de las personas desaparecidas y las circunstancias de la desaparición, así como la identidad del autor o los autores de la misma. E insisten en que los familiares de los desaparecidos en España quieren (y deben) conocer la verdad sobre la suerte o el paradero de sus seres queridos. Este es un derecho absoluto de acuerdo a la Declaración de DDHH y una obligación que el Estado español debería satisfacer de acuerdo al derecho internacional, pero que hasta ahora también ha obviado.

En relación con la reforma del Código Penal, valoran en positivo el haberse añadido al mismo la tipificación de los crímenes contra la Humanidad tal como están definidos en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional y al tipificar como delito la desaparición forzada cuando se da en el contexto de un ataque generalizado o sistemático contra la población civil. No obstante, fuera de este contexto, el Grupo de Trabajo señala que la tipificación de la desaparición forzada incluida en esta reforma no es plenamente compatible con la Convención para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas y con la Declaración, en particular, por omitirse características típicas que definen a las desapariciones forzadas (la negación de dar información sobre la suerte o el paradero de la víctima), elemento que amplía tanto las conductas imputables como los bienes jurídicos a proteger. Y añade, además, que tampoco reconoce las consecuencias sobre la prescripción dado al carácter continuado del delito de desaparición forzada, ni establece la responsabilidad de los superiores jerárquicos del autor en aquellos casos en los que, por acción u omisión, hubiesen posibilitado la ocurrencia de una desaparición forzada.

Si en relación con el Valle de los Caídos confirma que se requeriría de un amplio consenso de todas las fuerzas políticas, añade, no obstante, que el Estado tampoco ha propuesto las medidas concretas para llevar a cabo las recomendaciones contenidas en el informe de la Comisión de Expertos de 29 de noviembre de 2011.

Hay mucho más sobre la pasividad del Gobierno ante este asunto pero nuestro espacio en MO se termina por esta vez; solamente apuntar otro aspecto vuelto a denunciar: las constantes obstrucciones al procedimiento judicial excepcional llevado a cabo por la justicia argentina.

El Gobierno tiene 90 días para rectificar. Veremos con que desvergüenza nos sale en esta nueva ocasión.


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Correo-e: asociacion.foroporlamemoria@yahoo.es


Publicado en el Nº 310 de la edición impresa de Mundo Obrero octubre 2017

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