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Demanda de transparencia en las cuentas de la Casa Real

Preguntas registradas por Miguel Angel Bustamente para tramitación en el Congreso

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Al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, el diputado que suscribe formula la siguiente pregunta dirigida al Gobierno para su respuesta escrita.

La monarquía no parece compatible con el artículo 14 de la Constitución que sanciona la igualdad de todos los españoles ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. No parece serlo si consideramos que la Jefatura del Estado se hereda en el ámbito de una familia.

Esto no solo choca con principios básicos democráticos, sino que además gran parte de la sociedad española reclama, y está en su derecho, conocer cómo se administran y reparten los recursos que el Estado pone a disposición de la Casa Real. Sin embargo ni el presupuesto de la Casa Real presenta desagregación por conceptos y subconceptos presupuestarios, necesario para conocer la distribución de los recursos, ni los miembros de la Casa Real están sujetos al cumplimiento de las obligaciones previstas en relación con los Registros de Actividades y de Bienes y Derechos Patrimoniales como hacen los altos cargos de la Administración General del Estado y miembros del Gobierno. El Tribunal de Cuentas, órgano de fiscalización externa de la actividad económico-financiera del sector público, tampoco emite informe alguno.

Desconocemos todo lo relativo a sus finanzas. En prensa han aparecido informaciones afirmando que Juan de Borbón, el padre del rey emérito Juan Carlos de Borbón, dejó una fortuna en Suiza que fue repartida entre sus hijos. Al parecer y según informaron en su momento investigaciones periodísticas, un total de 728 millones de pesetas en tres cuentas en aquel paraíso fiscal fueron repartidos entre Juan Carlos, Margarita y Pilar de Borbón. La Casa Real jamás documentó las justificaciones que se trataron de esgrimir en su momento, ni esta cuestión fue investigada.

Por último, nunca se ha preguntado a la ciudadanía específicamente por la Jefatura del Estado, sino que se dio por supuesto que al aprobar la Constitución hace cerca de 40 años todo lo allí reflejado se daba por válido. Es decir, valía lo mismo el artículo 14 arriba mencionado que el 59.3 sobre la inviolabilidad de un monarca no sujeto a responsabilidad. La democracia sin embargo se constituye sobre la base de las decisiones ciudadanas, de la soberanía popular, especialmente en cuestiones clave como es la propia Jefatura del Estado.

- ¿Considera el Gobierno que la monarquía es compatible con el principio de igualdad de todos los ciudadanos ante la Ley?

- ¿Cómo es posible que en lo que respecta a la Jefatura del Estado y la sucesión a la Corona se mantenga la primacía del varón?

- ¿Piensa el Gobierno llevar a cabo alguna actuación para aumentar la transparencia de la Jefatura del Estado extendiendo la obligación de declaración y registro de actividades y de bienes y derechos patrimoniales a todas las personas que pertenezcan a la Casa Real?

- ¿No cree el Gobierno que es una contradicción en sus términos que el Tribunal de Cuentas no fiscalice a la Casa Real?

- ¿Va a exigir responsabilidades el Gobierno al rey emérito Juan Carlos de Borbón por ser titular de una cuenta en Suiza, al parecer herencia de su padre?

- ¿Puede afirmar el Gobierno que ningún miembro de la Casa Real tiene recursos en el extranjero y en particular en los conocidos como paraísos fiscales?

- ¿Cree el Gobierno justificado investigar el patrimonio de la Familia Real?

- ¿Ha considerado el Gobierno la posibilidad de convocar un referéndum para que la ciudadanía pueda elegir entre República o Monarquía?


Publicado en el Nº 305 de la edición impresa de Mundo Obrero abril 2017

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