El marco legal español está en el punto de mira de las actividades memorialistas a partir de la ILP registrada en el mes de octubre en relación con la modificación de la ley de memoria de ámbito estatal, en la actualidad sin efecto alguno.
Vicent García, nacido en la española Pola de Siero como Vicente, perdió, como tantos miles de españoles su nacionalidad al abrazar su familia la causa republicana y huir de la represión franquista tras terminar la guerra. El hecho que le hace singular es el estar aún vivo y ser, por tanto, testimonio vivo de la ignominia. Aún ningún gobierno demócrata español se la ha devuelto, ni parece que estén dispuesto a hacerlo porque sería reconocer la existencia del holocausto español sufrido durante la guerra en Europa por buena parte de nuestros exiliados y exiliadas así como la intervención directa del gobierno de Franco (a través de Serrano Suñer) en los crímenes cometidos en los campos de exterminio nazis. Sí, Vicent García fue deportado al terrible campo de Buchenwald al ser reconocido por la Gestapo como miembro de la resistencia francesa, cosa cierta por otra parte. No pudo volver a España, igual que el resto de deportados supervivientes tras la victoria aliada, y desde entonces vive en Trélissac, pequeña villa de la Aquitania francesa, en la que desde el mes de junio pasado, y como un reconocimiento más de los ya recibidos en el país galo como exresistente y excombatiente y transmisor de memoria, tiene dedicada una calle en esa localidad que lo recogió hace 78 años.
Nuevamente, el marco legal español está en el punto de mira de las actividades memorialistas a partir de la ILP registrada en el mes de octubre en relación con la modificación de la ley de memoria de ámbito estatal, en la actualidad sin efecto alguno. Al margen de los contenidos que plantea el texto de la iniciativa, no está mal recordar en esta columna –de esta ley ya tenemos escrito mucho sobre sus carencias- aspectos imprescindibles para hacerla efectiva: el primero, e incuestionable, el de debe recoger la nulidad de las sentencias de los tribunales franquistas, superándose con ello cualquier amnistía; ha de explicitar además, y siguiendo a Rafa Plá en sus consideraciones recogidas en MO digital, la exclusión de la amnistía de los crímenes franquistas contra la humanidad, que si bien el artículo 96 de la Constitución de 78 -en relación con los tratados internacionales firmados por España- pudiera interpretarse como superada, su explicitación impediría a los jueces utilizar la ley del 77 para impedir la investigación de los crímenes cometidos durante la dictadura, favoreciéndose así la búsqueda y conocimiento de esa verdad que viene recomendando la ONU a nuestros gobiernos en sus informes y declaraciones.
Con la identificación de los restos de Timoteo Mendieta, a partir de la querella abierta en Argentina, hallado en la fosa común del cementerio de Guadalajara, vuelve una vez más a poner en valor el proceso abierto en aquel país y que la justicia española rechaza sistemáticamente por considerarlos prescritos o delitos comunes y no crímenes de lesa humanidad como se viene reclamando insistentemente. A partir de los principios de Justicia Universal, la jueza María Servini ha sido capaz de llevar a buen puerto la exhumación de los restos de más de cuarenta represaliados en las distintas acometidas que fueron necesarias para encontrar a Mendieta, ahora pendientes de su identificación a partir de las pruebas de ADN que han de realizarse a partir de sus familiares vivos.
La plaza mayor de Salamanca ya no ostenta el medallón con la efigie de Franco en su salida a la calle de Toro, cumpliéndose así con la ley al no poder ampararse en ninguna de las excepcionalidades que en la misma se contemplan. Un paso más para la normalización democrática. Más allá de ser una reivindicación de la memoria de la ciudad, hemos de verlo más como un acto de higiene y convivencia ciudadana superadora de los bandos y de las equiparaciones ofensivas a las que nos estamos acostumbrando.
Twitter: @foroporlamemori
Web: http://www.foroporlamemoria.es
Correo-e: asociacion.foroporlamemoria@yahoo.es
Nuevamente, el marco legal español está en el punto de mira de las actividades memorialistas a partir de la ILP registrada en el mes de octubre en relación con la modificación de la ley de memoria de ámbito estatal, en la actualidad sin efecto alguno. Al margen de los contenidos que plantea el texto de la iniciativa, no está mal recordar en esta columna –de esta ley ya tenemos escrito mucho sobre sus carencias- aspectos imprescindibles para hacerla efectiva: el primero, e incuestionable, el de debe recoger la nulidad de las sentencias de los tribunales franquistas, superándose con ello cualquier amnistía; ha de explicitar además, y siguiendo a Rafa Plá en sus consideraciones recogidas en MO digital, la exclusión de la amnistía de los crímenes franquistas contra la humanidad, que si bien el artículo 96 de la Constitución de 78 -en relación con los tratados internacionales firmados por España- pudiera interpretarse como superada, su explicitación impediría a los jueces utilizar la ley del 77 para impedir la investigación de los crímenes cometidos durante la dictadura, favoreciéndose así la búsqueda y conocimiento de esa verdad que viene recomendando la ONU a nuestros gobiernos en sus informes y declaraciones.
Con la identificación de los restos de Timoteo Mendieta, a partir de la querella abierta en Argentina, hallado en la fosa común del cementerio de Guadalajara, vuelve una vez más a poner en valor el proceso abierto en aquel país y que la justicia española rechaza sistemáticamente por considerarlos prescritos o delitos comunes y no crímenes de lesa humanidad como se viene reclamando insistentemente. A partir de los principios de Justicia Universal, la jueza María Servini ha sido capaz de llevar a buen puerto la exhumación de los restos de más de cuarenta represaliados en las distintas acometidas que fueron necesarias para encontrar a Mendieta, ahora pendientes de su identificación a partir de las pruebas de ADN que han de realizarse a partir de sus familiares vivos.
La plaza mayor de Salamanca ya no ostenta el medallón con la efigie de Franco en su salida a la calle de Toro, cumpliéndose así con la ley al no poder ampararse en ninguna de las excepcionalidades que en la misma se contemplan. Un paso más para la normalización democrática. Más allá de ser una reivindicación de la memoria de la ciudad, hemos de verlo más como un acto de higiene y convivencia ciudadana superadora de los bandos y de las equiparaciones ofensivas a las que nos estamos acostumbrando.
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