El Tribunal Supremo declara nula la doble escala en jornada laboral anual del convenio de la Compañía Logística de Hidrocarburos (CLH)
La
Confederación General del Trabajo (CGT) lleva 15 años luchando por lograr que
las condiciones laborales en CLH sean las mismas para toda la plantilla
El Tribunal Supremo ha ratificado la
sentencia de la Audiencia Nacional, con fecha 26 de octubre de 2015, en la que
daba la razón a la Confederación General del Trabajo (CGT) en cuanto a la
denuncia que este sindicato venía realizando sobre las dobles escalas laborales
en la Compañía Logística de Hidrocarburos (CLH), y que diferenciaba entre trabajadoras con un
contrato anterior a la fecha de septiembre de 1995 y las que se incorporaron
después.
El Tribunal Supremo viene a decir en esta
nueva sentencia que no pueden existir condiciones diferentes para las empleadas
de este grupo empresarial. De este modo, CGT gracias a su labor de denuncia
durante estos años, ha logrado, entre otras cosas, que los descansos sean los
mismos para toda la plantilla, que todas las trabajadoras puedan disfrutar del
denominado “premio de asiduidad” y del también llamado “tiempo no trabajado”.
La CGT se ha mostrado muy satisfecha con el
fallo de esta sentencia que vuelve a demostrar la importante labor que sus
delegadas y delegados realizan diariamente en los centros de trabajo en defensa
de los derechos laborales y libertades sindicales.
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