Publicado en BOE a finales del 2014. Basta con pinchar en el vínculo para ir a la normativa.
1. BOE 28/11/14
Ley 26/2014, de 27 de noviembre, modifica la ley del IRPF, desde 1 enero 2015.
Ley 28/2014, de 27 de noviembre, modifica la ley del IVA, desde 1 enero 2015.
2. BOE 6/12/14
Real Decreto 1003/2014, de 5 de diciembre, modifica el reglamento del IRPF, desde 1 de enero de 2015.
3. BOCM 12/12/14
Resolución, de 3 de diciembre, fiestas locales 2015 de municipios de la Comunidad de Madrid.
4. BOE 20/12/14
Real Decreto-ley 16/14, de 19 de diciembre, Programa de Activación de Empleo. (426 € a parados+ con cargas.)
5. BOE 23/12/14
Real Decreto 1056/14, de 12 de diciembre, sobre tarjeta de estacionamiento de personas con discapacidad.
Resolución, de 15 de diciembre, de actualización del pago de medicamentos.
6. BOE 24/12/14
Real Decreto 1084/14, de 19 de diciembre, modifica reglamento de riesgos laborales en Administración General del Estado.
7. BOE 27/12/14
Real Decreto 1106/14, de 26 de diciembre, de Salario Mínimo Interprofesional a partir de 1 enero 2015.
Ley 34/2014, de 26 de diciembre, modifica LGSS en liquidación de cuotas a la Seguridad Social.
8. BOE 29/12/14
Ley 35/2014, de 26 de diciembre, modifica LGSS en lo relativo a MUTUAS.
9. BOCM 29/12/14
Ley 3/2014, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales 2015 de la Comunidad de Madrid.
Ley 4/2014, de 22 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas 2015 de laComunidad de Madrid.
10. BOCM 30/12/14
Decreto 141, de 29 de diciembre, de reconocimiento familia numerosa, título y tarjeta Comunidad de Madrid.
11. BOE 30/12/14
Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado 2015.
12. BOE 31/12/14
Real Decreto 1103/2014, de 26 de diciembre, revalorización y complementos de pensiones de clases pasivas para el año 2015.
Real Decreto 1007/2014, de 26 de diciembre, sobre revalorización de las pensionesdel sistema de Seguridad Social y otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2015.
Resolución, de 18 de diciembre, sobre modelo 145 de datos personales del perceptor de rentas del trabajo para IRPF.
Orden HAP 2486, de 29 de diciembre, sobre modelo 143 de solicitud abono anticipado deducción IRPF por persona con discapacidad a cargo.
13. BOE 2/1/2015
Resolución 29 de diciembre, de Instrucciones de Nóminas 2015 del sector público estatal.
SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL (BOE 27/12/14, Real Decreto 1006/14)
SMI en 2015 es 648,60 € por 14 pagas. Cuantía anual 9.080,4 €. Empleo de hogar por horas 5,08 €/hora.
IPREM en 2015 sigue siendo 532,51 € por 12 ó por 14 pagas, según casos. BOE 30/12/14, Ley 36/14, DA 84ª.
BASES DE COTIZACIÓN (BOE 30/12/14, ley 36/14, artículo 103)
La Base Máxima de cotización en 2015 es 3.606,00 €/mes.
La Base Mínima ordinaria de cotización de autónomos en 2015 es 884,40 €/mes.
La Base de cotización de empleados hogar es según escala, máximo 794,69 €/mes.
IPC IPC 2014 (dato provisional del INE) -1,1 %.
PENSIONES 2015 (BOE 31/12/14, RD 1007/14, y BOE 30/12/14, ley 36/14, artículos 37, 40 y 41)
Revalorización pensiones actuales 0,25% desde 1 enero 2015.
Pensión máxima 2.560,88 euros por 14 pagas al año.
Pensión mínima mayor 65 años con cónyuge a cargo 782,90 € por 14 pagas/año.
Pensión mínima mayor 65 años unipersonal 634,45 € por 14 pagas/año.
Pensión mínima mayor 65 con cónyuge no a cargo 601,90 € por 14 pagas/año.
Pensión SOVI 405,90 € por 14 pagas al año.
Pensión no contributiva 366,90 € por 14 pagas al año. Estos pensionistas tienenposible ayuda para alquiler de vivienda de 525 €/año en un solo pago.
Conviene recordar que el complemento por mínimos (artículo 50.2 y DA 54ª de LGSS) para pensión mínima nueva posterior a 1/1/13 no puede sobrepasar la cuantía de pensión no contributiva, en este año 366,9 €/mes. Son pensiones postreforma que pueden quedar por debajo de la mínima.
PRESTACIONES FAMILIARES (BOE 30/12/14, ley 36/14, DA 26ª)
Por nacimiento o adopción en casos especiales (familia numerosa…) 1.000 €.
Por cada hijo a cargo menor hasta 18 años, 291 €/año, si se cumplen requisitos. Si el menor escon discapacidad de 33% o más, 1.000 €/año.
Por hijo mayor de 18 con 65% o más de discapacidad, 4.402,8 €/año (366,90 € por 12).
Por hijo mayor de 18 con 75% o más de discapacidad, 6.604,80 €/año (550,4 € por 12).
IRPF (BOE 28/11/14, ley 26/14 modifica ley IRPF, y RD 1003/14 de 6 diciembre)
Hay menos tramos de escala de gravamen y rebaja en los porcentajes de tributación. Afecta anómina enero.
El nuevo artículo 7 e) y la DA 92 de la ley IRPF abre la brecha a tributar por indemnización legal de despido; por ahora sólo en lo que pase de 180.000,00 € en despidos iniciados a partir de 1/8/2014.
ABONO ANTICIPADO DEDUCCIÓN IRPF (artículo 81bis ley IRPF según ley 26/14 y artículo 60bis Reglamento)
Se establece deducción de 1.200,00 €/año o más por persona con discapacidad a cargo o ascendiente en familia numerosa, a favor de trabajador cotizante, pudiendo solicitar su abono anticipado, como en el caso de maternidad, para lo cual ha de utilizarse el impreso oficial modelo 143.
BONIFICACIÓN (BOE 30/12/14, ley 36/14, DA 85ª)
La recolocación por razón de embarazo, lactancia o enfermedad profesional conlleva reducción de cotización 50% cuota empresarial por contingencias comunes.
INTERÉS LEGAL DEL DINERO (BOE 30/12/14, ley 36/14, DA 32ª)
El interés legal del dinero queda establecido en 3,50 % para 2015.
El interés de demora en 4,375 % durante 2015.
Se establece la recuperación en parte de lo debido percibir como extra o adicional en diciembre de 2012 o equivalente, en cuantía correspondiente a 44 días de los 183 del semestre o 24,04 % de lo debido percibir. Se arbitrará procedimiento, pero si ha habido cambio o pase a no activo, hay que solicitarlo.
SUBSIDIO PARADOS LARGA DURACIÓN SIN PRESTACIÓN CON CARGAS (BOE 20/12/14, RD-ley16/14, de 19 de diciembre, Programa de Activación de Empleo)
Son 426 €/mes en seis meses, sometiendo al parado a una tramitación desesperante.
MUTUAS COLABORADORAS CON LA SEGURIDAD SOCIAL (BOE 29/12/14, ley 35/2014, que modifica LGSS en lo relativo a MUTUAS, artículos 68 a 76 y DA 11ª)
Así se llaman ahora las Mutuas patronales, que están reformadas en su organización y funcionamiento y cometidos por esa ley 35/14. En la nueva DA 11ª LGSS se le atribuye con claridad su competencia plena para decidir sobre el subsidio IT por contingencias comunesy para formular propuestas de alta médica.
PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA, MÁS ABANDONO: (BOE 30/12/14,ley 36/14 DA 73ª)
Durante 2015 sigue suspendida la aplicación del artículo 7.2, del artículo 8.2.a), del artículo 10, del artículo 32.3, párrafo primero, y de la disposición transitoria primera de la Ley 39/2006, de personas en dependencia.
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